viernes, 7 de agosto de 2015

Sobre la marginación de los vaqueiros de alzada"


SOBRE LA MARGINACIÓN DE LOS VAQUEIROS

                                                         Julio Antonio Vaquero Iglesias

                                                        Catedrático de Historia del IES ”Alfonso II”


            Este domingo pasado, Javier Cuartas publicó en el suplemento dominical “Siglo XXI” de este diario un excelente reportaje sobre la discriminación de los vaqueiros de alzada. El motivo fue  la petición de perdón que por tal agravio histórico realizó el párroco de Tineo ante las reivindicaciones en ese sentido de la recién creada Asociación de Vaqueiros.

            En el citado reportaje, Cuartas, utilizando las fuentes clásicas y alguno de los trabajos más recientes existentes sobre ese tema, hace un detallado y claro repaso de las causas y formas religiosas - también las hubo de carácter civil- de la discriminación a que fue sometida por la iglesia asturiana la minoría vaqueira. Y menciona las  normas legales que se dieron en el siglo XIX para tratar de ponerles fin, estableciendo como el inicio de las mismas el Trienio Liberal en el marco de la igualdad jurídica implantada por la Constitución gaditana, vigente entre 1820-1823 y se apoya para ello en datos aportados por Constantino Cabal y Aurelio de Llano.

             Lo cierto es que hoy sabemos que no fue esa etapa liberal cuando se implantaron las primeras normas legales contra la discriminación vaqueira, sino durante la primera restauración fernandina, entre 1814 y 1820, y no bajo el espíritu de la igualdad jurídica liberal, sino en la el marco de la recuperación de las poblaciones marginadas que trató de llevar a cabo el Reformismo borbónico, cuya estela impregna todavía el gobierno de  esa etapa absolutista del reinado de Fernando VII.

            En un trabajo del que soy autor con Adolfo Fernández, publicado ya en 1986 en la revista  Ástura ( “ Nuevos datos sobre la marginación de los vaqueiros de alzada”,nº 5/1986, págs. 11-24) se analizan, con fuentes documentales notariales inéditas, dos episodios, los protagonizados por los vaqueiros de brañas  de Vidural y Brañues, en el concejo de Navia, donde los citados vaqueiros para defenderse por vía judicial de varios casos de discriminación  aldeana, se apoyaron en una “ (…) Circular del Consejo de 15 de julio de 1817 por la qual (sic) se abolieron las prerrogativas y distinciones con que los vecinos de los lugares quieren abroquelarse en perjuicio de los moradores de las brañas”. Y también se documenta que  ese mismo año  los vaqueiros de Faedo, del concejo de Pravia, consideraron  insuficiente esa norma. “No bastan- decían- los otros decretos religiosos dirigidos a contener a los desvergonzados y blasfemos en los límites de la honestidad y la modestia”, puesto que “debiendo ser remediados por los párrocos y justicias son sostenidos por estas autoridades preocupadas o seducidas por los intereses de los malos, llegando a tal extremo de infelicidad y persecución de los que representan que en algunos pueblos no les permiten vivir sino en barracas o casillas hechas fuera del círculo de vecindad, pero no por esto les eximen de pagar las contribuciones que como vecinos les corresponden y muchas más que la malicia y el interés y demás sórdidas pasiones se hacen cargar sobre las débiles fuerzas de esta apreciable, aunque odiada parte del Estado”.  De ahí que presentaran un recurso al Rey para que se prohibiese al pueblo asturiano el uso de la expresión vaqueiro , pues se venía utilizando para ultrajarlos e insultarlos. Aunque no conocemos la resolución que tomó el Consejo de Castilla ante tal demanda, sí sabemos que el informe que emitió la Diputación para que a su vez la Audiencia instruyese el suyo respondiendo a la solicitud que en ese sentido le había hecho el Consejo, fue favorable a las peticiones de los vaqueiros.

            Promulgadas en la primera restauración fernandina, estas primeras normas favorables a los vaqueiros hay que inscribirlas más en el contexto del intento de racionalización de la sociedad estamental que pretendió llevar a cabo la Monarquía ilustrada española, que en la doctrina liberal de la igualdad jurídica en el que surgieron las posteriores a las que se refiere Javier Cuartas en su reportaje. De hecho, ese es el fundamento que propone el ilustrado Miguel de Lardizábal para acabar con las minorías discriminadas en su Apología por los agotes de Navarra y los chuetas de Mallorca, con una breve digresión a los vaqueiros de Asturias. Y, como mantenemos por diversos indicios en nuestro trabajo, es muy probable que éste  y otro ilustrado asturiano- naviego, por más señas- Juan Pérez Villamil, personajes que ocuparon elevados puestos en el aparato burocrático fernandino, fuesen los valedores de los vaqueiros para la aprobación de esas primeras normas legales antidiscriminatorias.  
 
( ARTÍCULO DE OPINIÓN PUBLICADO EN LA NUEVA ESPAÑA, DE OVIEDO)
 

               

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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