LA SOLEDAD DE
URDANGARIN
JULIO ANTONIO VAQUERO IGLESIAS
La noticia del permiso carcelario de Urdangarín para asistir dos veces a la semana a prestar servicios de voluntariado en un centro de disminuidos psíquicos y físicos en Pozuelo de Alarcón vuelve a poner delante de los ciudadanos españoles el tema del tratamiento igualitario o no de su persona para cumplir su correspondiente condena. Alguien escribió exageradamente, cuando se sustanciaba su proceso ante los tribunales, que de salir con pena de cárcel, la Administración de Justicia construiría una cárcel especial para que cumpliese su condena el yerno del Rey. Pero no andaba ciertamente muy descaminado en sus predicciones, porque se le recluyó a petición propia en la de Brieva (Ávila), una cárcel para mujeres, en la que su estancia en prisión le mantendría aislado y fuera del contacto con las demás presas de la mencionada prisión.
No parece que se cumplieran del todo, pues, aquellas declaraciones
televisivas del rey Juan Carlos en las
que solemnemente afirmó que en España la
Justicia era igual para todos. Más bien,
dirían algunos, “menos igual para unos que para otros”. Porque, en
realidad, la situación carcelaria de su yerno más bien se asemeja a las
condiciones que la justicia estamental establecía para el estamento noble en el
Antiguo Régimen, que, cuando alguno de sus miembros cometía delitos y era condenado a una estancia carcelaria, no se le
encerraba en las mismas cárceles que a los miembros del tercer estamento.
Además parece ser que el permiso para la
salida de Urdangarin no se debe a la Administración penitenciaria que lo
denegó, sino a un permiso expreso del juez correspondiente, y que la causa de
fondo de ese permiso es la depresión que la soledad de su aislamiento le
producía al ilustre preso. Desde luego, que éste tiene el derecho a las medidas
de reinserción social a las que acceden,
con justicia, todos los presos. Derecho
que está, sin duda, en la base de una justicia democrática bien entendida. Pero
la verdad, es que esta situación disuena y parece contradictoria en cierta
medida con las condiciones de la prisión del citado reo. Se le permite la
salida de la prisión antes de cumplir su primer año de estancia y la razón es
la de su estado depresivo causado por la soledad de su estancia carcelaria. Una
modalidad de estancia carcelaria que fue la que él y su familia eligieron. Parece, desde luego, una
contradicción y uno se pregunta, ¿cualquier preso español tiene también ese
derecho? Por simple ejercicio de sentido
común a cualquiera le parece difícil de aceptar y, desde luego, menos en el
caso de los otros presos que no tienen posibilidad, creo, de elegir una
situación extraordinaria para su estancia carcelaria como es el caso de
Urdangarin. Y me imagino que muchos de ellos también tendrán sus problemas de
depresión y soledad, aunque las tengan que sufrir entre otros compañeros de prisión.
Aún y así, piensa el que esto escribe, se podrían haber tomado otras
medidas alternativas que no rompieran con el tratamiento igualitario que debe
tener toda persona encarcelada, sea del origen que sea. Me refiero que para
evitar la soledad que le aqueja a nuestro preso, las autoridades carcelarias podrían haber trasladado a la prisión de Brieva
a un grupo de presos masculinos para que convivieran con él y así remediar en lo
posible su depresiva soledad. Quizás de este modo, además, podría haber aprendido a conocer de primera mano la
verdadera realidad social en que viven muchos españoles. Seguro que eso no se
lo habrán enseñado en la Escuela de Negocios a la que asistió.