domingo, 13 de diciembre de 2015

·La "extraña" ,monarquia doceañista


                                LA “EXTRAÑA” MONARQUÍA DOCEAÑISTA

 

                                                   JULIO ANTONIO VAQJUERO IGLESIAS   



                                                      








Joaquín Varela Suanzes-Carpegna, catedrático de Derecho constitucional de la Universidad de Oviedo, es, sin duda, uno de los más destacados especialistas- que no expertos, como se dice ahora-  en la historia constitucional española y comparada y, sobre todo, en la historia de nuestro constitucionalismo decimonónico, especialmente, en el estudio de los aspectos normativos, institucionales y doctrinales de la Constitución gaditana de 1812. Este libro, La monarquía doceañista (1810-1837) es una prueba fehaciente de ello y, a mi modo de ver,  uno de los más importantes que han aparecido en el contexto del bicentenario del texto constitucional gaditano

            Basado en su mayor parte una serie de trabajos anteriores del autor, no estamos, sin embargo, ante  un mero  libro recopilatorio, sino  una verdadera monografía  surgida de la ampliación y revisión de aquéllos, cuyo contenido demuestra su buen hacer académico  y  coherencia investigadora.. Pues el  libro  nos proporciona una visión de conjunto y, a la vez, pormenorizada de todo el proceso seguido por la forma de gobierno que instituyó el texto gaditano y que el autor denomina como Monarquía doceañista. Desde el análisis de los modelos constitucionales preexistentes (el inglés y el francés) y su influencia en el texto constitucional gaditano, el análisis pormenorizado de su contenido normativo y su origen doctrinal hasta el origen, desarrollo doctrinal e implantación de   la  forma de gobierno alternativa  que la sustituyó, la emanada de la Constitución de 1837, pasando por los avatares, funcionamiento y desarrollo institucional de esa Monarquía doceañista durante el Trienio Liberal.

   La Monarquía doceañista que definió la Constitución de 1812 fue una forma de gobierno  singular, un tipo “extraño” de monarquía - como la califica Varela- que no tuvo continuidad en nuestra historia constitucional, pero sí un gran influjo en su desarrollo posterior e, incluso, en el constitucionalismo europeo. Porque ni fue ni una monarquía constitucional, en sentido estricto, como la que dominó en  la historia de nuestro constitucionalismo a partir del Estatuto Real de 1834 y, sobre todo, de la Constitución de 1837, ni tampoco puede considerársela  formalmente como una monarquía parlamentaria democrática como la actual y vigente de 1978.

  Es cierto que  el texto gaditano reconocía la participación del monarca en todas las funciones del Estado, como ocurría en las monarquías constitucionales, pero lo hacia, sin embargo,  de modo precario y limitado para poder calificarla como tal. Y, además, al contrario que en éstas, la Corona estaba excluida del poder constituyente. Tampoco puede considerarse a la Monarquía doceañista como una monarquía parlamentaria democrática, porque  no establecía un Gobierno que tuviese la potestad  exclusiva de la dirección de la  política y que estuviese vinculado a la confianza exclusiva  de las Cortes y no de la Corona, como ocurre en el sistema de monarquía parlamentaria.

Varela mantiene como una de las tesis centrales del libro que fue precisamente la rígida separación del poderes entre el Ejecutivo monárquico y las Cortes en cuanto a la función de gobierno que compartían, uno de los factores decisivos del fracaso de la Monarquía doceañista, a medida que fueron creciendo los enfrentamientos entre la Regencia, primero, y el Rey después durante el Trienio, y las Cortes. Fracaso que daría lugar a que una mayoría de los liberales españoles ( incluidos algunos de los que habían sido sus creadores y más fervientes defensores como los asturianos Argüelles, el conde de Toreno y Flórez Estrada) se decantasen por la alternativa de la monarquía constitucional inspirada en el modelo británico que estaba entonces en vigor en las principales naciones europeas.

De ese defecto estructural del texto constitucional nace en gran medida, según el autor, la principal clave interpretativa de la inestabilidad  política del Trienio. Etapa esta en que los dos partidos liberales sujetos del nuevo juego político, “moderados” y “exaltados,” defienden dos modelos alternativos de la Constitución gaditana. Los “moderados” buscan la reforma conservadora del texto constitucional desde la influencia del modelo constitucional inglés, mientras que los “exaltados”, en cambio, lo hacían en clave radical tratando de llevar a la práctica un modelo asambleario. Este último sería el modelo que tendría como ideal (cuando finalmente, en el reinado de Isabel II,  a partir del Estatuto Real de 1834 y de la Constitución de 1837, se implante definitivamente la monarquía constitucional) el grupo minoritario de liberales (con apoyo de algunos sectores populares urbanos)  que no aceptaron el sistema de monarquía constitucional y fundaron el Partido Demócrata, luchando por establecer una forma de gobierno democrático en España;  ideal, que, incluso, llegaría a impregnar la praxis del primer republicanismo español.      .

     Es preciso destacar como una de las más importantes aportaciones de este libro, el profundo y excelente análisis  que el autor ( a través del  examen de  periódicos, manifiestos y obras publicados por los liberales españoles  durante los dos exilios causados por la reacción absolutista fernandina y después en la etapa inicial del reinado de Isabel II) realiza del origen y desarrollo de la doctrina sobre  ese modelo  alternativo de monarquía constitucional que terminó desplazando al sistema político diseñado por la Constitución gaditana. Desde el análisis crítico con la Constitución doceañista que ya tempranamente llevó a cabo en 1814  en Londres Blanco  White  en  las páginas de  El Español  (al que  Varela dedica todo un capítulo de su libro) o, entre otros, de la Representación de Flórez Estrada, la propuesta en El Español constitucional de Fernández Sardino las lecciones de Ramón Salas, los trabajos de Alberto Lista en El Censor, las obras correspondientes de Argüelles y Toreno hasta los que, en sentido contrario, se publicaron, defendiendo el modelo doceañista como los de Martínez Marina y Romero Alpuente. Eso sí, y esto es, a mi modo de ver, una de las mejores virtudes de esta obra, todos ellos realizados no desde una perspectiva exclusivamente abstracta, como es bastante frecuente entre los historiadores constitucionalistas, sino dentro del contexto de la práctica política imperante, lo que les confiere un gran potencial explicativo.


En fin, una  significativa y excelente  visión tanto de la teoría y la práctica del constitucionalismo gaditano  como de la teoría y la practica de la forma de gobierno alternativo por la que terminaron decantándose la mayoría de los liberales españoles, como correspondía al predominio de las fuerzas conservadoras con que se llevó a cabo en España la revolución liberal.     

( PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO CULTURAL DE "LA NUEVA ESPAÑA" DE OVIEDO 

 

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